La Asociación Empresaria de Rosario informa que la Secretaría de Comercio de la Nación, mediante Resolución 499/2022, anunció la continuidad del programa de fomento al consumo de bienes y servicios, AHORA 12, hasta el día 31 de enero de 2023, siendo su plazo prorrogable. Esta medida fue solicitada por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) semanas atrás en su encuentro con el flamante secretario de Comercio, Guillermo Hang, reunión en la que se propuso sumar rubros y ampliar la extensión de la vigencia.
Detallamos acá los rubros alcanzados por el programa en esta nueva disposición:
– Línea Blanca. Comprende únicamente aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
– Indumentaria. Prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.
– Calzado y Marroquinería. Calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
– Materiales y Herramientas para la Construcción. Arena, cemento, cal, yeso, ladrillos, hierro, chapa, aberturas, maderas, cerámicos, sanitarios, caños, tuberías y sus conectores, grifería, membranas, tejas, pintura, vidrios, herrajes, pisos de madera, tanques, acoples, cuplas, tapones y herramientas de trabajo.
– Muebles. Todos los muebles para el hogar.
– Bicicletas. Todo tipo de bicicletas, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.
– Motos. Todas aquellas cuyo precio final no sea superior a trescientos cincuenta mil pesos ($ 350.000).
– Turismo. Servicios y/o productos a ser prestados íntegramente dentro del Territorio Nacional: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos habilitados por el organismo provincial competente, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje habilitadas, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales.
– Colchones. Colchones y sommiers.
– Libros. Textos escolares y libros.
– Anteojos y Lentes de Contacto. Anteojos recetados y lentes de contacto, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a veintisiete mil pesos ($ 27.000).
– Artículos de Librería. Artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).
– Juguetes y Juegos de Mesa. Todos los productos.
– Servicios Técnicos de Electrónica y Electrodomésticos para el Hogar.
– Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.
– Instrumentos Musicales.
– Computadoras, Notebooks y Tablets.
– Artefactos de iluminación, incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación con tecnología LED (lightemitting diode).
– Televisores y monitores.
– Perfumería. Productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.
– Pequeños Electrodomésticos.
– Servicios de preparación para el deporte, comprendiendo gimnasios.
– Equipamiento Médico. Instrumentos que a continuación se detallan: Equipos de terapia respiratoria (Aparatos de oxigenoterapia, Aparatos de aerosolterapia -nebulizadores-); Mobiliario (camas ortopédicas, Ayudas para el baño: sillas para bañarse, sillas de transferencia, barras de sujeción); Sillas de ruedas; Ortesis, ortopedia y sus partes (Prótesis para amputados, valvas a medida, ortesis a medida, plantillas, corsets a medida, andadores, bastones, muletas). Se establece un tope para el rubro de doscientos mil pesos ($ 200.000).
– Maquinaria y Herramientas. Taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas.
– Servicios de Cuidado Personal. Peluquerías y centros de estética.
– Servicios de Organización de Eventos y Exposiciones Comerciales. Incluye catering y fotografía.
– Servicios de Reparación de Vehículos Automotores y Motocicletas.
– Servicios de Instalación de Alarmas.
– Balnearios.
– Kit para la conexión domiciliaria a los servicios públicos de agua y cloacas.
– Elementos durables de cocina. Ollas, cacerolas, sartenes y planchas, todos de aluminio.
– Servicios Educativos. Comprende cursos de idioma, cursos relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluye escuelas ni universidades.
– Servicios funerarios. Ataúd, servicio funerario, sepelio, traslado dentro del territorio nacional.
– Espectáculos y Eventos culturales. Comprende obras teatrales y conciertos de artistas nacionales, y se establece un tope de veinte mil pesos ($ 20.000).
Asimismo, es importante aclarar que la resolución mantiene las tasas para el comercio dispuestas días atrás e informadas por CAME a través de la siguiente comunicación.
Para acceder a la Resolución 499/2022, haga clic aquí