La AFIP resolvió extender hasta el 31 de diciembre de 2024 la suspensión transitoria del régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias para MiPymes importadoras.
El sector a Asociación Empresaria de Rosario (AER) junto a los sectores de Economías Regionales y de Comercio Exterior de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informan que, a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 5527/2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió extender hasta el 31 de diciembre de 2024 la suspensión transitoria del régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias para la empresas importadoras de bienes de primera necesidad y de diversos tipos de insumos requeridos por el sector productivo.
Cabe destacar que los beneficios tributarios, en una primera instancia, fueron otorgados a los grandes grupos económicos por medio de la Resolución General 5490/2024 y, tras la gestión de CAME, el Ministerio de Economía de la Nación decidió incorporar entre los beneficiarios a las micro, pequeñas y medianas empresas importadoras con “Certificado MiPyME”.
Para acceder a la Resolución General 5527/2024, clic aquí.